
El Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia, CNC, ha impuesto multas por valor de más de 430.000 euros a la Asociación de Empresarios de Transporte de Contenedores de la Zona Centro (Asemtracon) y a 17 empresas ligadas a esta actividad al considerar acreditado que se ha producido una recomendación colectiva de precios por parte de la citada asociación así como un acuerdo entre las empresas.
La sanción viene motivada por aplicar, de forma colectiva, la cláusula de revisión de precio del transporte en función de la variación del precio del gasóleo, precisamente una de las medidas que desde el sector transporte se viene defendiendo para hacer frente al incremento de costes. Sin embargo, desde la CNC aclaran que “la cláusula de revisión que se prevé en la Ley 15/2009, norma que las empresas invocan, no ampara este tipo de conductas”.
Así, desde este organismo recuerdan que “la norma establece que deben ser las partes de un contrato quienes individualmente pacten el precio y su forma de revisión, incluida la aplicación de la cláusula, es decir, la Ley no ampara el que se fije colectivamente el importe de la misma, ni cuándo y cómo debe resultar de aplicación”.
via Autobuses-Autocares.Com http://www.autobuses-autocares.com/?p=356288
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