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martes, 14 de enero de 2014

El límite para declarar los kilómetros sobre el gasóleo profesional termina el 31 de marzo

El límite para declarar los kilómetros sobre el gasóleo profesional termina el 31 de marzo

La fecha que la Agencia Tributaria ha fijado como límite para que los transportistas declaren los kilómetros anuales realizados a lo largo de 2013 es el 31 de marzo de cara a la devolución del importe tanto en concepto de gasóleo profesional como en relación con el recargo autonómico del céntimo sanitario sobre los carburantes que aplican las comunidades autónomas.


El importe que se devuelve en concepto de gasóleo profesional se calcula por la diferencia respecto del impuesto de hidrocarburos que se aplica al gasóleo de uso particular. Como al repostar los vehículos en una gasolinera (o unidad de suministro propio) se está pagando el impuesto aplicado a los particulares (no hay un surtidor diferenciado), posteriormente la Agencia Tributaria devuelve dicha diferencia a través del gasóleo profesional.


Asimismo, a través de dicho sistema de gestión, la Agencia Tributaria devuelve a los transportistas el recargo autonómico del céntimo sanitario (en concreto hasta 4’8 céntimos por litro) sobre los carburantes de aquellas comunidades autónomas que han acordado su aplicación y devolución a dichos colectivos.


Así, para este año 2014 devuelven el gravamen proveniente del céntimo sanitario recaudado a los transportistas que consuman carburante en las comunidades autónomas de Valencia, Castilla-León, Baleares, Castilla-La Mancha, Cantabria, Madrid, Galicia, Extremadura, Murcia, Asturias y previsiblemente Cataluña, una vez sea aprobada la Ley de presupuestos autonómicos para 2014, actualmente en trámite.


El resto de comunidades autónomas, esto es, Navarra, Aragón, País Vasco y La Rioja no tiene establecido recargo impositivo alguno sobre el carburante que se consumen en dichas regiones, con la excepción de Canarias, que tiene un régimen fiscal propio en materia de fiscalidad sobre los carburantes.


En este punto, desde la asociación de transporte de mercancías Fenadismer hacen hincapié en que Andalucía es la única región española que teniendo establecido dicho impuesto autonómico sobre el carburante, no lo devuelve a los transportistas que se suministren en dicha región.






via Autobuses-Autocares.Com http://www.autobuses-autocares.com/?p=360146

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