TRADUCTOR

jueves, 23 de enero de 2014

La UE explica que la aplicación del Reglamento 1370 tiene excepciones

La UE explica que la aplicación del Reglamento 1370 tiene excepciones

Siim Kallas, comisario de Transportes de la Unión Europea, ha explicado que el Reglamento 1370/2007 se aplica siempre que el operador de un servicio de transporte público se beneficia de una compensación o de un derecho exclusivo en contrapartida por la ejecución de obligaciones de servicio público, según ha recogido Fenebús en su boletín digital de noticias.


Kallas ha señalado que el principio general de la norma somete la adjudicación de la concesión y/o el derecho exclusivo a un procedimiento de licitación competitivo. Sin embargo, el comisario ha recordado que el Reglamento fija excepciones a esa regla y permite la adjudicación directa. En ese caso, se prevé que las autoridades competentes ofrezcan una compensación si se cumplen todas las condiciones estipuladas en la normativa y en particular las de su Anexo.


Además, Kallas ha afirmado que si un operador está sujeto a una tarifa máxima respecto a servicios que ofrece sobre una base comercial (es decir, servicios que no se benefician de compensación y/o derecho exclusivo), se aplican las reglas generales sobre tarifas máximas del artículo 3.






via Autobuses-Autocares.Com http://ift.tt/1c6et4Q

No hay comentarios: